Limitacion esfuerzo terapeutico

Medicina Legal y Bioética · la asignatura supone el 2.1% del examen

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Preguntas MIR
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Fuentes
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Lo que pregunta el MIR

  1. 01Marco legal: autonomía del paciente y regulación de la eutanasia
  2. 02Los seis conceptos que hay que distinguir
  3. 03Quién decide: el eje que resuelve el caso
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Borrador. IA a partir de las fuentes declaradas; sin revisión clínica. Contrasta cifras y umbrales con la guía vigente antes de fiarte.

Concepto

Concepto y marco legal

La limitación del esfuerzo terapéutico (LET), también llamada adecuación del esfuerzo terapéutico (AET) —el propio examen usa ambos nombres como sinónimos—, es la decisión de no iniciar o de retirar medidas de soporte vital que ya no van a cambiar el pronóstico de un paciente, dejando que la enfermedad siga su curso natural mientras se mantiene el tratamiento sintomático de sus complicaciones. No es una figura que la ley española defina con ese nombre exacto: es una construcción de la doctrina bioética y clínica que encaja dentro del marco general de la Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente.[ley41_2002]

Ese marco general parte de dos derechos: el paciente tiene derecho "a decidir libremente, después de recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles" y "todo paciente o usuario tiene derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos determinados en la Ley" (art. 2.3 y 2.4). Ese segundo derecho es el rechazo de tratamiento: una decisión que toma el propio paciente, no el equipo médico. La Ley regula también el consentimiento informado (art. 8) y las instrucciones previas o voluntades anticipadas (art. 11), el documento con el que una persona capaz deja constancia de lo que quiere que se haga —o no se haga— con su salud cuando ya no pueda expresarlo.[ley41_2002]

Ha cambiado recientemente

Hasta 2021, este era todo el marco legal español sobre decisiones al final de la vida: ninguna norma regulaba la eutanasia ni el suicidio asistido, y colaborar en la muerte de otra persona, aunque fuera con su consentimiento pleno e informado, encajaba en el Código Penal (homicidio consentido o inducción/cooperación al suicidio del art. 143), con pena atenuada si mediaba petición expresa. La Ley Orgánica 3/2021, de regulación de la eutanasia, entrada en vigor el 25 de junio de 2021, cambia ese marco: crea un nuevo derecho, la "prestación de ayuda para morir" (PAM), y modifica el art. 143 del Código Penal para que quien cause o coopere con la muerte de otra persona no incurra en responsabilidad penal si cumple lo que exige esa ley orgánica. Fuera de ese procedimiento regulado, causar la muerte de otro a petición suya sigue siendo delito. Cualquier pregunta de examen anterior a esa fecha describe una situación legal distinta de la actual: antes de 2021 no existía en España una vía legal para la eutanasia ni el suicidio asistido, por más que el paciente lo pidiera.ha cambiado[lo3_2021]

Enfoque MIR

Lo que cae en el MIR

Las 3 preguntas reales de la ficha son todas de 2022 en adelante —no hay ninguna anterior a la Ley Orgánica 3/2021— y las tres tienen el mismo esqueleto: un caso clínico (o una pregunta teórica directa) con cuatro opciones, cada una un concepto distinto de la lista cerrada rechazo de tratamiento / LET / obstinación terapéutica / eutanasia / suicidio asistido. El examen no pregunta artículos ni plazos: pregunta si sabes reconocer, ante una situación concreta, cuál de esos conceptos se aplica.

  1. Concepto puro (2023). Una pregunta teórica, sin caso clínico: pide reconocer que retirar el soporte vital fútil es éticamente aceptable aunque el paciente muera, y que la ley española NO lo llama eutanasia. Es la base de todo lo demás: si no se tiene clara esta distinción legal, las otras dos preguntas son imposibles.
  2. Quién decide (2022 y 2024). Dos casos clínicos con un patrón idéntico: un paciente competente, dependiente de soporte vital (ventilación mecánica), que tras conversaciones repetidas pide de forma clara que se le retire aunque sepa que eso le provocará la muerte. En los dos casos la respuesta correcta es rechazo de tratamiento, no LET: la trampa es que el cuadro clínico (soporte vital, mal pronóstico, retirada de una medida) se parece mucho a los casos de LET del tema de cuidados paliativos, pero ahí la diferencia decisiva es que aquí decide el propio paciente, no el equipo médico.

Esa es la trampa que hay que memorizar: no toda retirada de un tratamiento de soporte vital en un paciente grave es LET. Si el paciente está consciente, es competente y es él quien pide que se retire, la etiqueta correcta es rechazo de tratamiento (Ley 41/2002, art. 2.4), aunque el desenlace —dejar de sostener la vida artificialmente y morir por la evolución natural de la enfermedad— sea clínicamente indistinguible de una LET. La LET, tal como se explica en el tema de cuidados paliativos, es la decisión que toma el equipo médico cuando el tratamiento ya no tiene sentido clínico, típicamente con un paciente que no puede decidir por sí mismo (demencia avanzada, por ejemplo). Aquí, en cambio, el paciente decide.

Núcleo

Los seis conceptos, uno a uno

El propio preámbulo de la Ley Orgánica 3/2021 resume la evolución del concepto de eutanasia con una frase que es, en la práctica, la explicación oficial de por qué LET y sedación paliativa no son eutanasia: "las actuaciones por omisión que se designaban como eutanasia pasiva (no adopción de tratamientos tendentes a prolongar la vida y la interrupción de los ya instaurados conforme a la lex artis), o las que pudieran considerarse como eutanasia activa indirecta (utilización de fármacos o medios terapéuticos que alivian el sufrimiento físico o psíquico aunque aceleren la muerte del paciente –cuidados paliativos–) se han excluido del concepto bioético y jurídico-penal de eutanasia". Dicho de otro modo: lo que antes se llamaba "eutanasia pasiva" es hoy LET, y lo que se llamaba "eutanasia activa indirecta" es sedación paliativa; ninguna de las dos es, ya, eutanasia.[lo3_2021]

ConceptoQuién decide y qué pasaBase legal
Rechazo de tratamientoEl propio paciente, competente e informado, decide no iniciar o no continuar un tratamiento, incluso uno de soporte vital, aunque sepa que eso adelantará su muerteLey 41/2002, arts. 2.4 y 8: derecho a negarse al tratamiento tras recibir información adecuada[ley41_2002]
Limitación / adecuación del esfuerzo terapéutico (LET / AET)El equipo médico decide no iniciar o retirar medidas que ya no van a cambiar el pronóstico, dejando evolucionar la enfermedad con tratamiento sintomático de las complicaciones; el paciente suele ser incapaz de decidir por sí mismoNo tiene nombre propio en la ley; es lo que la LO 3/2021 describe como "eutanasia pasiva", hoy fuera del concepto de eutanasia[lo3_2021]
Obstinación terapéutica (encarnizamiento)El equipo mantiene o inicia medidas sin beneficio real para el paciente, solo porque existe la posibilidad técnica de hacerloEs el reverso de la LET: mala praxis por exceso, no una figura legal propia
Sedación paliativaEl equipo administra fármacos para aliviar un síntoma refractario (dolor, disnea...) a dosis que pueden acortar la vida como efecto no buscado; es la "eutanasia activa indirecta" de la doctrina antiguaDoctrina del doble efecto: lo que se busca es aliviar el síntoma, no causar la muerte; excluida del concepto de eutanasia por la LO 3/2021[lo3_2021]
EutanasiaUn profesional sanitario administra directamente al paciente la sustancia que causa su muerte, a petición expresa, reiterada y en contexto eutanásicoLO 3/2021, art. 3.g).1.ª: primera modalidad de la "prestación de ayuda para morir"[lo3_2021]
Suicidio (médicamente) asistidoEl profesional prescribe o suministra la sustancia, pero es el propio paciente quien se la autoadministraLO 3/2021, art. 3.g).2.ª: segunda modalidad de la "prestación de ayuda para morir"[lo3_2021]

Para entenderlo

Eutanasia y suicidio asistido no son delitos distintos ni figuras separadas en la ley española: la LO 3/2021 las agrupa bajo un único derecho, la "prestación de ayuda para morir", con esas dos modalidades. La diferencia entre ambas está solo en quién ejecuta el último acto —el profesional o el propio paciente—, no en los requisitos para acceder a ellas, que son los mismos.[lo3_2021]

Manejo

Cómo resolver el caso: quién decide y qué exige la ley

Ante un caso clínico de bioética al final de la vida, el orden de preguntas que resuelve casi todos los exámenes es este:

  1. ¿Quién toma la decisión, el paciente o el equipo? Si es el propio paciente, competente e informado, quien pide no iniciar o retirar un tratamiento —aunque sea de soporte vital—, es rechazo de tratamiento. Si es el equipo médico quien concluye que el tratamiento ya no tiene sentido clínico, es LET.
  2. ¿Se sigue dando tratamiento sin ningún beneficio, solo porque se puede? Eso es obstinación terapéutica, el error opuesto a la LET.
  3. ¿Hay un fármaco que se administra para aliviar un síntoma, aunque pueda acortar la vida como efecto secundario no buscado? Es sedación paliativa, protegida por la doctrina del doble efecto.
  4. ¿Hay una petición expresa, reiterada por escrito y separada por al menos 15 días naturales, para que un profesional cause la muerte del paciente o le facilite los medios para causarla él mismo, dentro de una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante? Eso es eutanasia o suicidio asistido, y solo es legal si sigue el procedimiento de la LO 3/2021 (consentimiento informado, médico responsable y médico consultor, y verificación de la Comisión de Garantía y Evaluación de la comunidad autónoma).[lo3_2021]

Para entenderlo

Dos matices legales que puede usar un distractor: si el médico responsable certifica que el paciente ha perdido la capacidad de decidir y hay riesgo de perderla de forma inminente, el plazo de 15 días entre las dos solicitudes se puede acortar (art. 5.1.c LO 3/2021); y si el paciente ya es incapaz pero había dejado instrucciones previas o voluntades anticipadas pidiendo la ayuda para morir, se puede prestar siguiendo ese documento sin exigir las solicitudes ni el consentimiento informado en el momento (art. 5.2 LO 3/2021), enlazando esta ley con el art. 11 de la Ley 41/2002.[lo3_2021]

Para entenderlo

Detalle menor pero preguntable: la muerte producida por la prestación de ayuda para morir se considera legalmente muerte natural a todos los efectos, con independencia de cómo se codifique (Disposición adicional primera de la LO 3/2021). No se certifica como suicidio ni como homicidio.[lo3_2021]

Preguntas MIR

3 preguntas de convocatorias anteriores, agrupadas por lo que evalúan. Intenta responder antes de desplegar la solución.

Los seis conceptos que hay que distinguir

MIR 2023Pregunta 208

Con respecto a la retirada de medios de soporte vital en casos de futilidad de los tratamientos en un paciente en situación terminal ¿cuál de las siguientes afirmaciones es cierta?:

  1. AEs aceptable éticamente, aunque con ello sobrevenga la muerte del paciente.
  2. BSe trata de una medida que depende fundamentalmente de la voluntad del médico responsable del paciente.
  3. CEs una práctica equivocada y obsoleta desde que existen medios sofisticados de soporte vital artificial.
  4. DSegún la ley española es eutanasia.

Quién decide: el eje que resuelve el caso

MIR 2024Pregunta 178

Atiende a una paciente ingresada desde hace tres semanas en la unidad de cuidados intensivos por un cuadro de shock séptico respiratorio. Su evolución durante el ingreso no ha sido favorable y todavía continúa dependiente de ventilación mecánica invasiva. En los últimos días, tras recibir la información de que probablemente precise ventilación mecánica a medio-largo plazo, durante los periodos en que la paciente ha estado despierta, ha manifestado de forma clara su deseo de no continuar utilizando el ventilador. La paciente afirma comprender las consecuencias de esta decisión. Este caso habla de:

  1. ARechazo al tratamiento.
  2. BLimitación del esfuerzo terapéutico o adecuación de medidas de tratamiento.
  3. CSuicidio asistido.
  4. DEutanasia.

MIR 2022Pregunta 182

Paciente de 48 años, diagnosticado de esclerosis lateral amiotrófica hace 3 años. Precisa ayuda para todas las actividades básicas de la vida diaria y sonda para mantener su alimentación. En el último año, ha tenido varios ingresos por infecciones respiratorias. Actualmente ingresa por una nueva infección respiratoria con insuficiencia respiratoria global asociada. El paciente requiere ventilación mecánica no invasiva como parte del tratamiento. Tras 5 días de ingreso, sin presentar mejoría clínica, el paciente manifiesta que está viviendo un sufrimiento intolerable , que no encuentra sentido a continuar viviendo en una situación así y solicita que se le retire la ventilación mecánica, aunque le provoque la muerte. Después de varias conversaciones, Vd. confirma con el paciente que este es su deseo y que su familia apoya la decisión. Esta se trata de una decisión de:

  1. ARechazo de tratamiento.
  2. BLimitación del esfuerzo terapéutico.
  3. CObstinación terapéutica.
  4. DEutanasia.

Fuentes

Las referencias entre corchetes del texto enlazan con estas filas.

IdTipoReferenciaLicencia
ley41_2002UsadaJefatura del Estado. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. BOE núm. 274, de 15/11/2002 (texto consolidado).

Base de: Derecho a negarse al tratamiento (rechazo de tratamiento), consentimiento informado, instrucciones previas.

Texto legal: no sujeto a propiedad intelectual (art. 13 del Real Decreto Legislativo 1/1996, Ley de Propiedad Intelectual)
lo3_2021UsadaJefatura del Estado. Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. BOE núm. 72, de 25/03/2021 (texto consolidado; entrada en vigor 25/06/2021).

Base de: Definición de eutanasia y de la prestación de ayuda para morir (sus dos modalidades), requisitos y procedimiento, distinción con la LET ("eutanasia pasiva") y la sedación paliativa ("eutanasia activa indirecta"), consideración de la muerte como natural, y modificación del art. 143 del Código Penal.

Texto legal: no sujeto a propiedad intelectual (art. 13 del Real Decreto Legislativo 1/1996, Ley de Propiedad Intelectual)

Licencia CC BY-NC-SA 4.0 · actualizado el 26 de agosto de 2026